Si esto te suena, la guía es para ti
- Cobras por dos o tres plataformas distintas y cada una emite comprobantes con su propio formato.
- No sabes cuánto ISR e IVA te retuvieron en total durante el mes.
- Descargas los CFDI a mano del portal del SAT y los sumas en una hoja de cálculo.
Qué cambia cuando cobras por plataformas
Cuando una plataforma digital te paga, no te entrega el importe completo: retiene una parte de ISR y una parte de IVA y las entera al SAT a tu nombre. Eso es bueno — significa que ya adelantaste impuesto — pero solo te beneficia si puedes acreditar esas retenciones en tu declaración del periodo.
La retención viene desglosada en el CFDI que emite la plataforma. Si nunca bajas ese comprobante, la retención existe ante el SAT pero no en tus cuentas, y terminas pagando dos veces sobre el mismo ingreso.
El error que más caro sale: mezclar lo facturado con lo cobrado
RESICO para personas físicas se calcula por flujo de efectivo: cuenta lo que efectivamente cobraste en el mes, no lo que facturaste. Con plataformas esto se enreda porque el depósito puede caer días después del comprobante, y a veces cruza de mes.
La regla práctica es la forma de pago del comprobante. Un CFDI marcado como PUE (pago en una sola exhibición) cuenta en el mes en que se emitió. Uno marcado como PPD (pago en parcialidades o diferido) no cuenta al emitirse: cuenta cuando llega el complemento de pago, en el mes de la fecha de ese pago.
Contar un PPD en el mes de emisión infla los ingresos del periodo y te hace pagar más ISR del que corresponde. Es el error más frecuente en hojas de cálculo hechas a mano.
Cómo se resuelve con TaxSync
TaxSync baja los CFDI directamente del Servicio de Descarga Masiva del SAT con tu e.firma, así que trae todo lo que las plataformas emitieron a tu nombre sin que tengas que entrar al portal.
- Cada comprobante llega con su IVA trasladado y sus retenciones de ISR e IVA ya separadas.
- La conciliación te muestra qué está vigente y qué se canceló, tomando el estatus de los metadatos del SAT y no del XML descargado.
- El cálculo del periodo suma las retenciones que las plataformas ya enteraron y las resta de lo que te toca pagar.
- El papel de trabajo te deja ver de dónde salió cada cifra antes de capturar en el portal.
Cómo se ve un mes real, paso a paso
Supongamos que cobras por dos plataformas y además facturas algunos servicios por tu cuenta. El primer día hábil del mes siguiente pides al SAT los comprobantes emitidos y recibidos del mes que cerró. No pidas hasta hoy: los comprobantes de las últimas horas todavía no están indexados y la solicitud puede volver vacía.
Cuando llegan, la conciliación te muestra tres cosas que una hoja de cálculo no te da: qué comprobantes están cancelados (según el SAT, no según el archivo que bajaste), cuáles son PPD y por tanto no cuentan todavía, y cuánto suman las retenciones que las plataformas ya enteraron.
Con eso, el cálculo del periodo aplica la tasa que te corresponde sobre los ingresos efectivamente cobrados y resta las retenciones. Lo que queda es lo que capturas en el portal. El papel de trabajo te deja rastrear cada cifra hasta el comprobante que la originó, que es exactamente lo que necesitas si el SAT te pregunta.
Los tres descuadres más comunes y de dónde salen
Cuando el número no coincide con lo que esperabas, casi siempre es una de estas tres causas.
- Comprobantes cancelados que seguiste contando: el XML que descargaste no cambia si el emisor lo cancela después. El estatus real está en los metadatos del SAT.
- Ingresos de un PPD contados dos veces: una al emitir la factura y otra al llegar el complemento de pago. Solo cuenta el complemento.
- Retenciones no acreditadas: la plataforma retuvo, pero como nunca bajaste su CFDI, la retención no aparece en tus cuentas y pagas de más.
Qué necesitas para empezar
Tu e.firma vigente (los archivos .cer y .key con su contraseña) y saber tu régimen. La e.firma se usa únicamente para firmar la petición al SAT y se descarta: no se guarda en la plataforma ni en bitácoras.
Si tu e.firma está por vencer, renuévala antes de empezar el cierre: sin ella no hay descarga automatizada y tendrías que volver a bajar los comprobantes a mano desde el portal, que es justo el trabajo que querías evitar.
Errores que conviene no cometer el primer año
RESICO tiene condiciones que hay que mantener para permanecer en el régimen, y una parte del riesgo no está en el cálculo sino en el cumplimiento formal: presentar en tiempo, tener las obligaciones correctas dadas de alta y conservar los comprobantes.
También conviene revisar el límite de ingresos del régimen a lo largo del año en lugar de descubrirlo en diciembre. Si tu actividad crece, saber con meses de anticipación que vas a rebasar el umbral te deja planear el cambio en lugar de sufrirlo.
- Dejar de presentar un mes porque "no hubo ingresos": la declaración en ceros normalmente también se presenta.
- No conservar los XML: el respaldo debe guardarse por el plazo que marca la ley, y el portal del SAT no es tu archivo.
- Suponer que la retención de la plataforma cubre todo tu impuesto sin revisar el cálculo del periodo.
- Facturar por fuera sin registrarlo, y que la suma anual no coincida con lo que el SAT ya sabe.
Verifica siempre las tasas y los umbrales vigentes: cambian por ejercicio y se publican en el Diario Oficial de la Federación.
Preguntas frecuentes
¿Si la plataforma ya me retiene, tengo que declarar?
Sí. La retención es un pago provisional a cuenta de tu impuesto, no sustituye la declaración. Debes presentarla y ahí acreditas lo que ya te retuvieron.
¿Puedo usar la CIEC en lugar de la e.firma?
No para la descarga masiva. El servicio oficial del SAT que permite bajar los CFDI de forma automatizada exige e.firma. La CIEC sirve para otros trámites del portal.
¿Qué pasa si cobro por varias plataformas?
Se tratan igual: todos los CFDI llegan en la misma descarga porque están emitidos a tu RFC. La conciliación los junta en un solo periodo.
¿TaxSync presenta la declaración por mí?
No. Genera el cálculo y el papel de trabajo con el que capturas en el portal del SAT. La presentación la haces tú, y conviene que un contador revise el criterio.
Sigue leyendo
Prueba TaxSync 30 días por $99
Baja tus CFDI del SAT, concilia el periodo y calcula tu ISR e IVA. Sin permanencia.
Empezar ahoraEste contenido es informativo y describe un escenario ilustrativo, no un cliente real. No sustituye la asesoría de un contador o un asesor fiscal, ni constituye una opinión fiscal. Verifica siempre las disposiciones vigentes.